1. INTRODUCCIÓN
La Resolución Técnica Nº 17 en # 4.4 determina que ningún activo (o grupo homogéneo de activos) podrá presentarse en los estados contables por un importe superior a su valor recuperable (VR), ya que el mismo es su valor límite.
Se entiende por valor recuperable el mayor importe entre:
a) Su valor neto de realización definido como el precio de venta contado más los ingresos adicionales no atribuibles a la financiación que la venta genera por sí misma (por ejemplo reembolsos de exportaciones) menos los costos que sean ocasionados por la venta... >
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1. ANÁLISIS PRELIMINAR
Hasta el presente, cuando un accionista hace uso del derecho de receso consagrado en la Ley de Sociedades Comerciales (Ley Nº 19.550), la base para la determinación del reembolso a abonarle en su carácter de recedente, es la que surja del último balance (artículo 245 de la Ley de Sociedades Comerciales) o del de transformación, fusión o escisión, en su caso (artículos 78, 85 y 88).
Esta situación se ve innovada por el Anteproyecto de {“Reformas a la Ley de Sociedades Comerciales”} actualmente en consulta, el que propone una nueva regulación del... >
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